Consecuencias de no depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil.

Consecuencias de no depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil.

El 30 de junio es la fecha límite para aprobar las cuentas anuales, así como para resolver sobre la aplicación del resultado del ejercicio de acuerdo con el balance aprobado, siempre que nuestro ejercicio económico coincida con el año natural. Además, dentro del mes siguiente a la aprobación de las cuentas anuales, los administradores de la sociedad deben presentar, para su depósito en el Registro Mercantil, certificación de los acuerdos de la junta de socios de aprobación de dichas cuentas y de aplicación del resultado, así como un ejemplar de cada una de ellas.

Si nos esperamos a la fecha límite para aprobar las cuentas, nos queda el mes de julio para realizar el depósito en el Registro Mercantil, si bien cada vez son más las empresas que se adelantan con el objetivo de que no les coincida con la declaración del Impuesto sobre Sociedades (hasta el 25 de julio).

Por el contrario, en el otro lado de la moneda, aun cuando no se trata de nuevos plazos y parece que todos los conocemos, no son pocas las sociedades que no los cumplen. Quizás no sean tan conocidas las consecuencias y responsabilidades derivadas de su incumplimiento.

En primera instancia, el régimen sancionador de la Ley de Sociedades de Capital establece que el incumplimiento por el órgano de administración de la obligación de depositar las cuentas dentro del plazo establecido, dará lugar a que no se inscriba en el Registro Mercantil documento alguno referido a la sociedad mientras el incumplimiento persista (salvo algunas excepciones), además de la imposición a la sociedad por parte del ICAC de una multa por importe de 1.200 a 60.000 euros en función de la dimensión de la sociedad.

En este sentido es importante que presentemos las cuentas aunque sea fuera de plazo pero lo antes posible ya que si se produce el depósito con anterioridad al inicio del procedimiento sancionador, la sanción se impondrá en su grado mínimo y reducida en un cincuenta por ciento.

Además del perjuicio económico que puede suponer la sanción, no hay que olvidar el alcance que puede tener en la reputación de la empresa, ya que el cierre del Registro Mercantil impide a los terceros conocer la situación financiera de la sociedad, produciendo a efectos legales la presunción para los acreedores o terceros de la existencia de complicaciones económicas o de gestión de la sociedad.

En cuanto a la responsabilidad del administrador derivada de este hecho, es importante reseñar que los administradores responderán frente a la sociedad, frente a los socios y frente a los acreedores sociales, del daño que causen por actos u omisiones contrarios a la ley o a los estatutos o por los realizados incumpliendo los deberes inherentes al desempeño del cargo. Si no se cumplen los plazos establecidos en la ley y por tanto no se presentan las cuentas a tiempo, no hay duda de que no se está actuado diligentemente, por lo que se le podrían reclamar los daños y perjuicios causados.

Pero además de esta responsabilidad por daños, también existe una responsabilidad por deudas, es decir, por no actuar cuando la situación económica de la sociedad es de insolvencia o incluso de concurso; es decir, responsabilidad por no disolver o liquidar la sociedad o, en su caso, por no instar la declaración del concurso de acreedores, situación que se puede dar pero desconocerse al no haber formulado y presentado las cuentas anuales en los plazos marcados por la normativa.

Y no es baladí este punto, ya que los administradores que en el plazo de dos meses no actúen diligentemente cuando se constate que en la sociedad concurre una causa legal de disolución, incurren en responsabilidad solidaria con su propio patrimonio por las deudas de la sociedad.

Seguramente ya se ha convencido para no permitir que su empresa se vea afectada negativamente por el simple hecho de no respetar los plazos para aprobar y depositar las cuentas anuales.

En este sentido, desde Supercontable.com ponemos a su disposición el Asesor de Análisis de Balances con el que podrá preparar y presentar las cuentas anuales de una forma rápida y sencilla entre otras muchas funcionalidades.


Enlaces de Interés:

La Responsabilidad de los Administradores de las Sociedades Mercantiles.

Problemas al formular las cuentas anuales.

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